Hace una semana publiqué en este blog una entrada –iPood y Burka- que parece haber generado una sana polémica. Al considerar que no era oportuno publicar un nuevo comentario con la parrafada que viene a continuación, he preferido publicar una nueva entrada y además, de este modo, dar al asunto la relevancia que se merece. En primer lugar, y antes de comenzar, quiero dar expresamente las gracias a Ividal por su participación activa en este espacio, favoreciendo un debate que nos enriquece a todos.
Estoy totalmente de acuerdo contigo que es en los primeros años de vida cuando una persona se forma moralmente, jugando por tanto la escuela un papel fundamental. Por otra parte, comparto la idea de que desde el momento en que colgamos a un niño un crucifijo del cuello se complica la cuestión de que decida libremente por él mismo su posición moral –aunque a muchos niños llevar el colgante no les impida comportarse como auténticos cafres renunciando a todos los valores que en teoría profesan-.
Sin embargo, a la hora de evitar la posibilidad de que un chiquillo lleve el crucifijo aparecen una serie de problemas. En primer lugar, si partimos de que no es lícito que lo lleven –al no haber alcanzado la madurez suficiente-, debería desarrollarse legislativamente la prohibición de llevarlo. Por tanto, la ley debería fijar la edad a partir de la cual se presupone que el individuo hubiese alcanzado la capacidad natural suficiente como para decidir por sí mismo el llevar el símbolo o no.
Primer problema: ¿Qué edad fijamos? A la polémica ley del aborto podemos remitirnos. ¿a los catorce, a los dieciséis, con la mayoría de edad a los dieciocho? En mi opinión, dado que cada individuo nos desarrollamos a un ritmo diferente, es imposible fijar una edad a partir de la cual un sujeto pueda decidir por si mismo.
Segundo problema: De acuerdo, hemos fijado una edad en equis años, no pudiendo nadie por debajo de ella acudir a clase con simbología religiosa; pero ¿sólo religiosa?. En tal caso estaríamos negando el carácter de cultura a cualquier otra manifestación al margen de la religión y que desde mi perspectiva tienen una vital trascendencia a la hora de determinar la conducta de los seres humanos. ¿Qué sucede cuando un chiquillo se disfraza de torero en el carnaval del colegio? ¿Estaría influyendo a otros a dedicarse al despreciable arte de la tauromaquia?. ¿Qué sucede cuando un chaval acude al instituto con una camiseta con el 666 estampado? ¿Hace eso que aumente nuestro gusto por lo esotérico?
Tercer problema: Vale, hemos fijado la edad y hemos decidido que sólo lo religioso o no sólo lo religioso sino cualquier manifestación que pueda influir al resto de sujetos –como quieran-. Es sabido que la vulneración de lo prohibido –es decir; pasarse las normas por el forro- tiene un atractivo especial para el común de los mortales. Basta con prohibir una actividad para que todo el mundo quiera hacerla –basta con prohibir fumar a los menores de 18 para que niñatos de 14 tengan un cigarro en la mano-.
Entonces; ¿La prohibición de llevar un símbolo no generaría el efecto totalmente contrario al perseguido? Es decir; ¿No tendría lugar un aluvión de niños acudiendo a la escuela con el crucifijo colgando?
Cuarto problema: La ley ya ha sido aprobada, y existen una serie de sujetos que como he expuesto más arriba se la pasan por el forro. ¿Qué hacemos ahora? ¿Cómo se obliga al cumplimiento? Tenemos dos posibilidades. Una nefasta y la otra aún más.
La primera pasa por la consideración que al Estado corresponde la coacción física legitima en caso de incumplimiento de la norma. Procedería por tanto la intervención de los Cuerpos de Seguridad del Estado. Es decir, la policía tomaría el aula y se llevaría a rastras al chaval con crucifijo –un poco fuerte; ¿no?-
La segunda solución implica dotar al profesor de autoridad para evitarlo tal y como pretende Aguirre en la Comunidad de Madrid. En mi opinión convertir maestros en maderos es una medida lamentable –aunque no tenga que ver opino que el respeto en las aulas no se gana ni mucho menos a través de una norma jurídica-.
El Derecho tiene por objeto tratar de resolver los conflictos que surgen como consecuencia de la convivencia entre seres humanos; no aumentarlos. En mi opinión determinados problemas no pueden ser regulados por ley; sino que corresponde a la moral interna de cada uno actuar de una determinada manera u otra.
Es injusto ciertamente que no todos seres humanos partamos del mismo punto a la hora de ser educados y existan determinadas personas que cuenten con un lastre en forma de cruz –una persona criada en base a la laicidad siempre podrá después optar por el camino conveniente-, sin embargo parece peor el remedio que la enfermedad.
Por ello modestamente me conformo con que cualquier manifestación cultural cumpla los derechos fundamentales de los seres humanos.
Estoy totalmente de acuerdo contigo que es en los primeros años de vida cuando una persona se forma moralmente, jugando por tanto la escuela un papel fundamental. Por otra parte, comparto la idea de que desde el momento en que colgamos a un niño un crucifijo del cuello se complica la cuestión de que decida libremente por él mismo su posición moral –aunque a muchos niños llevar el colgante no les impida comportarse como auténticos cafres renunciando a todos los valores que en teoría profesan-.
Sin embargo, a la hora de evitar la posibilidad de que un chiquillo lleve el crucifijo aparecen una serie de problemas. En primer lugar, si partimos de que no es lícito que lo lleven –al no haber alcanzado la madurez suficiente-, debería desarrollarse legislativamente la prohibición de llevarlo. Por tanto, la ley debería fijar la edad a partir de la cual se presupone que el individuo hubiese alcanzado la capacidad natural suficiente como para decidir por sí mismo el llevar el símbolo o no.
Primer problema: ¿Qué edad fijamos? A la polémica ley del aborto podemos remitirnos. ¿a los catorce, a los dieciséis, con la mayoría de edad a los dieciocho? En mi opinión, dado que cada individuo nos desarrollamos a un ritmo diferente, es imposible fijar una edad a partir de la cual un sujeto pueda decidir por si mismo.
Segundo problema: De acuerdo, hemos fijado una edad en equis años, no pudiendo nadie por debajo de ella acudir a clase con simbología religiosa; pero ¿sólo religiosa?. En tal caso estaríamos negando el carácter de cultura a cualquier otra manifestación al margen de la religión y que desde mi perspectiva tienen una vital trascendencia a la hora de determinar la conducta de los seres humanos. ¿Qué sucede cuando un chiquillo se disfraza de torero en el carnaval del colegio? ¿Estaría influyendo a otros a dedicarse al despreciable arte de la tauromaquia?. ¿Qué sucede cuando un chaval acude al instituto con una camiseta con el 666 estampado? ¿Hace eso que aumente nuestro gusto por lo esotérico?
Tercer problema: Vale, hemos fijado la edad y hemos decidido que sólo lo religioso o no sólo lo religioso sino cualquier manifestación que pueda influir al resto de sujetos –como quieran-. Es sabido que la vulneración de lo prohibido –es decir; pasarse las normas por el forro- tiene un atractivo especial para el común de los mortales. Basta con prohibir una actividad para que todo el mundo quiera hacerla –basta con prohibir fumar a los menores de 18 para que niñatos de 14 tengan un cigarro en la mano-.
Entonces; ¿La prohibición de llevar un símbolo no generaría el efecto totalmente contrario al perseguido? Es decir; ¿No tendría lugar un aluvión de niños acudiendo a la escuela con el crucifijo colgando?
Cuarto problema: La ley ya ha sido aprobada, y existen una serie de sujetos que como he expuesto más arriba se la pasan por el forro. ¿Qué hacemos ahora? ¿Cómo se obliga al cumplimiento? Tenemos dos posibilidades. Una nefasta y la otra aún más.
La primera pasa por la consideración que al Estado corresponde la coacción física legitima en caso de incumplimiento de la norma. Procedería por tanto la intervención de los Cuerpos de Seguridad del Estado. Es decir, la policía tomaría el aula y se llevaría a rastras al chaval con crucifijo –un poco fuerte; ¿no?-
La segunda solución implica dotar al profesor de autoridad para evitarlo tal y como pretende Aguirre en la Comunidad de Madrid. En mi opinión convertir maestros en maderos es una medida lamentable –aunque no tenga que ver opino que el respeto en las aulas no se gana ni mucho menos a través de una norma jurídica-.
El Derecho tiene por objeto tratar de resolver los conflictos que surgen como consecuencia de la convivencia entre seres humanos; no aumentarlos. En mi opinión determinados problemas no pueden ser regulados por ley; sino que corresponde a la moral interna de cada uno actuar de una determinada manera u otra.
Es injusto ciertamente que no todos seres humanos partamos del mismo punto a la hora de ser educados y existan determinadas personas que cuenten con un lastre en forma de cruz –una persona criada en base a la laicidad siempre podrá después optar por el camino conveniente-, sin embargo parece peor el remedio que la enfermedad.
Por ello modestamente me conformo con que cualquier manifestación cultural cumpla los derechos fundamentales de los seres humanos.
1 comentario:
Primero, gracias a tí por crear este blog en el que por fin puedo discutir con alguien que razona, y gracias por publicar esos breves pedazos de arte.
Segundo, comparto tus preocupaciones, pero creo que tomas demasiado a la tremenda esta prohibicion. Nunca un policía tendrá que entrar en un aula, pero un profesor-madero es lo que siempre ha existido cuando, por ejemplo, te pedían ver los deberes todos los días, ¿no? eso era bastante parecido a un registro...
Por eso creo que, desde la infancia, al igual que se deja claro que no se puede ir disfrazado a clase un día normal (nunca se ha permitido), se debe prohibir llevar este tipo de símbolos. De todos modos, es mi honesta (y probablemente incorrecta) opinión.
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